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Examen de la Conveniencia de Preparar un Proyecto de Declaración Universal de Principios Éticos en Relación con el Cambio Climático

(UNESCO Conferencia General 35 Reunión) Presentación. Fuente: Decisión 182 EX/56. Antecedentes: En la Decisión 169 EX/3.6.1 se invitaba al Director General, entre otras cosas, a mantener al Consejo Ejecutivo informado acerca de los estudios emprendidos para examinar los principios de ética del medio ambiente y determinar posibles actividades internacionales en este terreno. En la Decisión 181 EX/15, se pidió al Director General que mejorara el plan de acción intersectorial relativo a los problemas ligados al cambio climático, en particular concentrándose en sus consecuencias sociales y éticas.En su sexta reunión ordinaria celebrada en Kuala Lumpur (Malasia) del 16 a 19 de junio de 2009, la Comisión Mundial de Ética del Conocimiento Científico y la Tecnología (COMEST), al hacer balance de su trabajo en curso acerca de las repercusiones éticas del cambio climático mundial (35 C/INF.31), recomendó que la UNESCO elaborara un marco de principios éticos de referencia en relación con el cambio climático.

En su Decisión 182 EX/56, el Consejo Ejecutivo llegó a la conclusión de que los principios éticos en relación con el cambio climático podrían ser objeto de una declaración de la Conferencia General en su debido momento.

Objeto: Examinar la conveniencia, con referencia a la recomendación de la COMEST, la Decisión 182 EX/56 y el Procedimiento por etapas para la elaboración, el examen, la aprobación y el seguimiento de las declaraciones, cartas y otros instrumentos normativos similares, de preparar una declaración de principios éticos en relación con el cambio climático y, como primer paso, de un estudio de viabilidad al respecto.

Decisión requerida: Párrafo 22.

I. ANTECEDENTES

1. La Estrategia de acción de la UNESCO sobre el cambio climático, aprobada por el Consejo Ejecutivo en su 180ª reunión (180 EX/16 Rev.), tiene por finalidad ayudar a los Estados Miembros a crear y mantener el necesario acervo de conocimientos, tomar medidas para adaptarse a los efectos del cambio climático, contribuir a atenuar sus causas e impulsar un desarrollo sostenible.

La estrategia consiste en un programa pluridisciplinario integrado que ofrece a los Estados Miembros un mecanismo de asesoramiento técnico y de aumento de capacidades para elaborar y aplicar políticas y proyectos basados en datos empíricos en los planos local, nacional, subregional y regional. Reposa en dos elementos esenciales: la producción y utilización racional e imparcial de datos, información e investigaciones sobre el cambio climático (el acervo de conocimientos); y la aplicación de instrumentos pedagógicos, medidas sectoriales concretas y actividades de sensibilización pública, por un lado, y la elaboración de políticas-marco nacionales sobre la adaptación al cambio climático.

2. Dentro de esta línea estratégica reviste gran importancia la dimensión ética. Las medidas para afrontar el cambio climático requieren herramientas de evaluación que permitan tener debidamente en cuenta factores como las extensas y mal conocidas cadenas causales en el tiempo y el espacio, las bases de atribución de responsabilidades que pueden ser contradictorias, las incertidumbres fundamentales respecto al saber necesario para dar con políticas eficaces o la ardua tarea que supone una gestión responsable de los riesgos colectivos a escala mundial.

3. En su Decisión 180 EX/16, el Consejo Ejecutivo invitó al Director General a ampliar la contribución de las ciencias sociales al plan de acción sobre el cambio climático, entre otras cosas mediante el estudio de sus consecuencias sociales, uno de cuyos componentes básicos es la evaluación ética. En su Decisión 181 EX/15, el Consejo, tras examinar el Plan de Acción para aplicar la Estrategia, mencionó de forma expresa los aspectos éticos de la dimensión social y humana del cambio climático, y pidió al Director General que mejorase el Plan de Acción, en particular mediante una mayor concentración en las consecuencias sociales y éticas del cambio climático, con especial referencia a las migraciones.

4. La Estrategia de acción de la UNESCO sobre el cambio climático (180 EX/16 Rev.) debe servir para que las actividades de la UNESCO sean útiles y coherentes con el marco de acción sobre el cambio climático del sistema de las Naciones Unidas definido por la Junta de los Jefes Ejecutivos (JJE) y con la “Hoja de Ruta” de Bali aprobada en la decimotercera Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMCCNU) celebrada en Bali en diciembre de 2007. Como se destacaba en la publicación Acting on Climate Change: The UN System Delivering as One [Hacer frente al cambio climático: la unidad de acción de las Naciones Unidas] que presentó el Secretario General de las Naciones Unidas a la decimocuarta Conferencia de las Partes en la CMCCNU celebrada en Poznan (diciembre de 2008), en el marco de acción de la JJE sobre el asunto se encomienda a la UNESCO, junto con la Organización Meteorológica Mundial (OMM), la función de coordinación de los aspectos del conocimiento sobre el clima de carácter transversal, esto es, la ciencia, la evaluación, la vigilancia y la alerta temprana. La reflexión sobre la problemática ética es una de las aportaciones fundamentales que se esperan de la UNESCO dentro de la JJE. Por otra parte, la estrategia de la UNESCO sobre el cambio climático procura consolidar la complementariedad con los procesos de la CMCCNU y otras iniciativas con miras a facilitar la coordinación global de la respuesta de las Naciones Unidas.

5. Dado el tipo de problemas que plantea el cambio climático, la ética es un componente esencial de la evaluación de riesgos, puntos vulnerables y posibles respuestas. Además, también existen grandes interrogantes éticos en torno al alcance, los objetivos y la disponibilidad de las ciencias fundamentales, los datos de vigilancia y la capacidad de alerta rápida, interrogantes que conviene tener en cuenta al generar y tratar conocimientos sobre el cambio climático. Por lo que respecta al análisis de las consecuencias éticas del cambio climático, la UNESCO posee una clara ventaja comparativa y un gran capital de conocimiento técnico.

6. Las circunstancias actuales hacen indispensable una amplia cooperación internacional para abordar la difícil tarea de generar un mejor acervo de conocimientos científicos, consensuar dispositivos más sólidos para atenuar los efectos del cambio y mejorar la capacidad de adaptación a ellos. En tal contexto, el hecho de definir de manera más clara y consensuada una serie de principios éticos básicos ayudará a fortalecer la respuesta normativa general. Una forma rotunda de sentar tales principios y expresar su carácter consensuado estriba en adoptar, cuando sea factible, una declaración universal.

7. Los argumentos para pasar a una acción ambiciosa en este terreno reposan en la existencia de un conjunto consensuado de principios éticos fundamentales relacionados con el cambio climático que ya están consagrados en una serie de instrumentos normativos internacionales actualmente en vigor, como la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y su Protocolo de Kyoto o el Convenio sobre la Diversidad Biológica. La propuesta de inscribir la ética ambiental mundial en un sistema de referencia en forma de declaración figura también en la Declaración de Río de sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo y en la Carta de la Tierra, que la Conferencia General, en su 32ª reunión (Resolución 32 C/17) reconoció como un importante referente ético para el desarrollo sostenible en virtud de sus principios éticos, objetivos y contenidos, entendiendo que lo que en ella se expresa coincide con la visión de la UNESCO.

Esos textos, sin embargo, no ofrecen ahora mismo un marco de principios éticos de carácter general y objeto de consenso universal, que pueda servir para respaldar respuestas normativas al cambio climático.

8. Entre los principios éticos consensuados que podría ser conveniente afinar, ampliar y articular para ayudar a afrontar las dificultades ligadas al cambio climático mundial, están los siguientes: el régimen vigente de derechos humanos, en especial el derecho a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten; el principio de precaución; el principio de responsabilidad común pero diferenciada; el principio de sostenibilidad; el principio de integridad aplicado a los ecosistemas; y el principio de protección y fomento de los intereses de las generaciones venideras, consagrado en la Declaración sobre las Responsabilidades de las Generaciones Actuales para con las Generaciones Futuras aprobada por la UNESCO en 1997 (Resolución 29 C/31). El hecho de reunir, conciliar y articular entre sí diversos principios ya consensuados podría dotar a la comunidad internacional de un poderoso instrumento para instituir, a todos los niveles, respuestas globales y ambiciosas a los desafíos del cambio climático.

Ello ayudaría también a satisfacer las necesidades especiales de países especialmente vulnerables a los efectos del cambio climático, como puedan ser los Países Menos Adelantados (PMA) de África o los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo (SIDS), que seguramente serán de los primeros en afrontar las devastadoras consecuencias sociales y humanas del cambio climático. Por lo demás, subsiste la duda, que requiere más detenida reflexión, de si habrá que formular nuevos principios éticos para responder a determinados problemas específicos ligados al cambio climático.

9. Desde su creación en 1998, la Comisión Mundial de Ética del Conocimiento Científico y la Tecnología (COMEST) ha venido participando activamente en el quehacer de la UNESCO sobre la ética del medio ambiente. Prosiguiendo su labor sobre el uso ético del agua dulce y sobre el principio de precaución, y en conjunción con sus actividades actuales sobre la enseñanza de la ética del medio ambiente y la ética de la energía, la COMEST trata ahora de delimitar con claridad las cuestiones teóricas que se plantean al abordar el cambio climático desde el punto de vista de la ética. Los miembros de la COMEST han colaborado activamente con el Sector de Ciencias Sociales y Humanas (SHS) para contribuir al dispositivo intersectorial sobre el cambio climático, en particular con ocasión de manifestaciones regionales relativas al Ártico (Mónaco, marzo de 2009) y al África Occidental (Niamey (Níger), mayo de 2009). La propia labor de la COMEST sobre temas éticos forma parte integrante del Plan de Acción para la Estrategia de acción de la UNESCO sobre el cambio climático.

10. La COMEST ha elaborado un informe sobre las consecuencias éticas del cambio climático mundial en el que resume su labor al respecto durante 2008 y 2009, informe que se ha entregado al Consejo Ejecutivo como documento 35 C/INF.31. Al examinar el proyecto de informe en su sexta reunión ordinaria (16 a 19 de junio de 2009), la COMEST estimó que, además del trabajo analítico, se requeriría mayor dinamismo para lograr que, en lo que al cambio climático se refiere, la ética no quede confinada al terreno de las declaraciones de inquietud, por pertinentes que sean, sino que impregne también las reflexiones de vocación más práctica, acerca de las medidas de respuesta.

11. Partiendo de esta base, la COMEST llegó a la conclusión de que, en vista de la naturaleza y las proporciones de los problemas científicos, sociales y humanos que plantea el cambio climático mundial, que exigen a su vez la adopción de políticas a escala mundial para responder a las acuciantes necesidades de los más vulnerables frente a grandes incertidumbres y a los imperativos de la cooperación internacional, urge determinar principios éticos universales para orientar las respuestas a todos esos desafíos. La Comisión Mundial de Ética del Conocimiento Científico y la Tecnología (COMEST) recomendó por consiguiente que la UNESCO elaborara un marco de principios éticos de referencia en relación con el cambio climático.

12. La recomendación de la COMEST llega en un momento en que la situación está madura para que la UNESCO pase a la acción. El desenlace de la 15ª reunión de la Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMCCNU), el 15 de diciembre de 2009, es aún incierto, pero es poco probable que las preocupaciones éticas ocupen un lugar importante. La UNESCO está en condiciones de complementar el proceso de la CMCCNU en cuanto a metas cuantitativas, asistencia financiera y transferencia tecnológica.

Mediante una declaración universal de principios éticos los gobiernos y las sociedades se comprometerían a observar ciertas reglas éticas de conducta al evaluar las opciones para responder al cambio climático.

13. Semejante planteamiento sería inobjetable en las instancias multilaterales y vendría a colmar una serie de lagunas. Existe ahora un consenso generalizado sobre el peligro que encierra el cambio climático para toda nuestra civilización, peligro que ninguna medida individual, por ambiciosa y necesaria que sea, podrá contrarrestar por completo y de forma integral. Si la UNESCO no toma la iniciativa en este terreno, lo más probable es que otras iniciativas internacionales traten de promover un planteamiento ético más coherente y global para afrontar los desafíos del cambio climático.

14. Según el “Procedimiento por etapas para la elaboración, la aprobación y el seguimiento de las declaraciones, cartas y otros instrumentos normativos similares” de la Conferencia General: “1ª etapa: […] La Conferencia General, basándose en un informe del Director General o una recomendación del Consejo Ejecutivo o de uno de sus órganos subsidiarios cuyos miembros son elegidos por ella misma, deberá decidir si determinado tema debe ser objeto de una declaración, una carta u otro instrumento normativo similar. 2ª etapa: […] La Conferencia General encargará al Director General que, en una fecha por ella determinada, le presente un proyecto de declaración, carta u otro instrumento normativo similar preparado en consulta con los Estados Miembros. La Conferencia General definirá asimismo las diferentes etapas de elaboración de dicho instrumento, comprendidas las reuniones intergubernamentales o de comités de expertos que convocare el Director General con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento para la clasificación de conjunto de las diversas categorías de reuniones convocadas por la UNESCO.”

15. Considerando que es urgente determinar principios éticos universales en relación con el cambio climático, como se explica en los párrafos 10 a 13 expuestos, el Director General sometió el informe de la COMEST al examen del Consejo Ejecutivo en su 182ª reunión (documento 182 EX/INF.16) y propuso que se estudiara la forma de profundizar en la reflexión sobre el tema (documento 182 EX/56).

16. El debate sobre el documento 182 EX/56 se centró en la pertinencia y urgencia del proceso que a su debido tiempo podría culminar con la elaboración de una declaración de principios éticos en relación con el cambio climático. El sentir generalizado fue que una iniciativa ética de la UNESCO sería de gran utilidad a la hora de reforzar la capacidad de la comunidad internacional para responder a la problemática del cambio climático mundial, a condición de ser fruto de un amplio proceso de consultas, con plena participación de los Estados Miembros, otras organizaciones internacionales y todos los interlocutores pertinentes. Así pues, en su Decisión 182 EX/56, el Consejo Ejecutivo recomendó que la Conferencia General encargara un informe sobre la conveniencia de preparar un proyecto de declaración de principios éticos en relación con el cambio climático.

17. Como primer paso, partiendo del informe de la COMEST sobre las consecuencias éticas del cambio climático mundial, se estudiarían más a fondo los interrogantes jurídicos y técnicos que plantea la eventual formulación de una declaración universal, entre otras cosas convocando reuniones consultivas de expertos en todas las regiones. A continuación se elaboraría y distribuiría a los Estados Miembros un cuestionario para recabar opiniones sobre los problemas éticos ligados al cambio climático, la conveniencia, forma y alcance de una declaración universal, los principios ya existentes en que podría basarse tal iniciativa y el proceso que permitiría conducir a conclusiones apropiadas.

18. En su reunión ordinaria de 2010, la COMEST analizaría las respuestas al cuestionario y los resultados de las reuniones consultivas regionales, después de lo cual presentaría al Director General un informe sobre la conveniencia de preparar un proyecto de declaración de principios éticos en relación con el cambio climático, informe que el Consejo Ejecutivo estudiaría en su 185ª reunión.

19. Además de ofrecer conclusiones más detalladas y de fondo sobre la necesidad de elaborar un proyecto de declaración universal de principios éticos en relación con el cambio climático, en el informe también se podrían examinar los siguientes aspectos: forma y alcance del texto, llegado el caso; hasta qué punto la comunidad internacional estaría en condiciones de garantizar la observancia de las normas que en su momento pudieran adoptarse; posible necesidad de un examen periódico de los grandes principios éticos; y función de los expertos, las instancias decisorias, las entidades de la sociedad civil y las organizaciones internacionales, pertenezcan o no al sistema de las Naciones Unidas. También cabría estudiar en el informe la utilidad de la declaración desde el punto de vista de la sensibilización, la información, la educación, la consulta y el debate público.

20. Tras examinar en su 185ª reunión el informe sobre la conveniencia de preparar un proyecto de declaración de principios éticos en relación con el cambio climático, el Consejo Ejecutivo, si lo estimara conveniente, pediría al Director General que, mediante un proceso oficial de consultas con los Estados Miembros, preparara una declaración universal de principios éticos en relación con el cambio climático para presentarla a la Conferencia General en su 36ª reunión.

21. El coste del eventual informe sobre la conveniencia de preparar un proyecto de declaración de principios éticos en relación con el cambio climático y de las actividades de seguimiento necesarias se sufragaría mediante una redistribución de las consignaciones para el Gran Programa III en el Proyecto de Programa y Presupuesto (35 C/5 Rev.). Además, el Sector buscaría financiación extrapresupuestaria.

II. CONCLUSIÓN

22. En su Decisión 182 EX/56, el Consejo Ejecutivo recomendó que en su 35ª reunión la Conferencia General aprobara el siguiente proyecto de resolución:

La Conferencia General,

Recordando la Resolución 29 C/13, apartado d), párrafo 2.C; la Resolución 30 C/20; la Resolución 31 C/21, párrafo 1, apartado a); y la Resolución 32 C/26, en las que se insta a la UNESCO a promover la reflexión sobre la ética en relación con los avances de la ciencia y la tecnología, con el asesoramiento de la Comisión Mundial de Ética del Conocimiento Científico y la Tecnología (COMEST),

Habiendo tomado nota de la Decisión 169 EX/3.6.1,

Considerando la Estrategia de acción de la UNESCO sobre el cambio climático, aprobada por el Consejo Ejecutivo en su 180ª reunión (180 EX/16 Rev.),

Tomando nota de que, en su 181ª reunión (Decisión 181 EX/15) el Consejo Ejecutivo pidió al Director General que mejorase el Plan de Acción para la Estrategia de acción de la UNESCO sobre el cambio climático, en particular concentrándose en las consecuencias sociales y éticas,

Tomando nota de la recomendación formulada por la COMEST en su sexta reunión ordinaria (16 a 19 de junio de 2009): “en vista de la naturaleza y las proporciones de los problemas científicos, sociales y humanos que plantea el cambio climático mundial, que exigen a su vez la adopción de políticas a escala mundial para atender las acuciantes necesidades de los más vulnerables frente a grandes incertidumbres y a los imperativos de la cooperación internacional, resulta urgente determinar principios éticos universales para orientar las respuestas a todos esos desafíos. Por consiguiente, la COMEST recomienda a la UNESCO que elabore un marco de principios éticos de referencia en relación con el cambio climático”,

Considerando que los principios éticos en relación con el cambio climático podrían ser objeto de una declaración y que es necesario seguir estudiando este asunto,

1. Pide al Director General que, previa consulta con los Estados Miembros y demás partes interesadas, comprendidos los organismos pertinentes de las Naciones Unidas, tras un estudio más detenido de la cuestión por la COMEST y la Secretaría de la UNESCO, someta al Consejo Ejecutivo en su 185ª reunión un informe sobre la conveniencia de preparar un proyecto de declaración de principios éticos en relación con el cambio climático, y prepare, si el Consejo Ejecutivo lo estima apropiado, un proyecto de declaración de principios éticos en relación con el cambio climático teniendo en cuenta las conclusiones a que se llegue en la 15ª Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (UNFCCC COP-15) que se celebrará en Copenhague en diciembre de 2009, y presente el resultado a la Conferencia General en su 36ª reunión, siempre y cuando sea posible costear el estudio procediendo a reasignaciones dentro del programa y presupuesto aprobados para el Gran Programa III y recurriendo a fondos extrapresupuestarios.

Categorías:Ciencia
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